Voceros de la
SHCP anunciaron que el 30 de diciembre del año pasado, por medio del Diario
Oficial de la Federación, se difundió un acuerdo para establecer estímulos
fiscales al diésel y la gasolina, específicamente en los sectores agropecuario
y pesquero.
En este
sentido, el acuerdo deja en claro que se ha establecido un estímulo de tipo
fiscal a los contribuyentes que enajenen combustibles del área agropecuaria
registrados en el padrón que maneja la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
Los
combustibles en cuestión son los siguientes:
1.- Diésel usado
en actividades como la pesca, la acuacultura y prácticas de tipo agropecuario.
2.- Gasolina
menor a 92 octanos usada para la pesca ribereña.
¿En qué
consiste el estímulo a la cuota impositiva o la tarifa? Consiste en un
porcentaje o cantidad equivalente que será establecido mes con mes, de las
cuotas mencionadas en el artículo 2o., fracción I, inciso D), numeral 1,
subincisos a) y c) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios, aplicables a la gasolina menor a 92 octanos y al diésel,
respectivamente.
El anexo puede
ser descargado a través de este enlace.
Fuente: Imcp.org.mx
Colegio Privado, Educación con Valores
No hay comentarios:
Publicar un comentario